Desarrollo de la ceremonia civil en los juzgados (Parte 2)

Efectuada la colocación, serán presentados los documentos en los que se identifican a los novios y testigos. El wedding planner en este caso deberá estar muy pendiente de este aspecto, ya que a veces con las prisas y los nervios propios del día pueden olvidarse algunos de los documentos. Lo que ocasionaría que tuviera que suspenderse la boda.

La ceremonia comienza, con la lectura en voz alta por parte del secretario, de los datos de las partes contrayentes y de los testigos. Se da paso a la intervención del juez o de quien medie la ceremonia, que dirigirá a los contrayentes haciendo mención a diferentes artículos del Código Civil y de la Constitución (art. 58 del Código Civil, art. 14 de la Constitución, art. 34 de la Constitución, art. 66,67 y 68 del Código Civil).

A continuación los novios declararán su voluntad de casarse al contestar afirmativamente a las preguntas de ¿Aceptas libremente tomar a … como legítima/o esposa/o?

El oficiante, si se trata de un concejal o alcalde después de eso los declarará marido y mujer en nombre del Rey por las facultades que me otorga la Constitución y los textos legales. Si fuera un juez del Registro Civil lo hará en virtud de los derechos que le otorgan las leyes españolas.

Se pasará al intercambio de anillos y la firma de los nuevos esposos y testigos.

 

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